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Iniciar una nueva vida en los Estados Unidos, puede ser difƭcil y venir acompaƱado de muchas emociones y sentimientos durante tus trƔmites migratorios, Conocer tu caso nos permitirƔ asesorarte en varios temas de la mejor manera posible. Con nuestro equipo de abogados podrƔs encontrar respuestas a todas tus dudas sobre el proceso que estƔs por empezar y ademƔs podremos guiarte en este camino.

DĆ©janos emprender este camino contigo.

Dan Ortiz Law Offices Ā”siempre defendiendo al inmigrante!

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NaturalizaciĆ³n

Si has sido residente en Estados Unidos por 5 aƱos o mĆ”s, puedes aplicar y obtener la ciudadanĆ­a por naturalizaciĆ³n. Para ello deberĆ”s llenar el formulario N-400 y cumplir con varios requisitos establecidos en las leyes de inmigraciĆ³n. Nosotros te guiaremos.

Residencia Permanente

Obtener una ā€œGreen Cardā€ o tarjeta verde es el sueƱo de la mayorĆ­a de los inmigrantes que llegan a los Estados Unidos. Esta puede ser una oportunidad Ćŗnica, por eso es indispensable que tengas la asesorĆ­a correcta. Al presentar tu aplicaciĆ³n, permites a las autoridades revisar desde lo mĆ”s bĆ”sico hasta lo mĆ”s complejo. Hay diferentes formas de convertirse en residente permanente, las mĆ”s usuales son: por peticiĆ³n familiar, asilo o refugio, a travĆ©s de un empleo, inversiĆ³n o negocios, entre otras. Si consideras que ya puedes optar por tu green card o tarjeta de residencia, contĆ”ctanos.

Peticiones Familiares

A travĆ©s de un familiar, que sea ciudadano de los Estados Unidos, es posible emigrar legalmente a los Estados Unidos. El proceso comienza con una peticiĆ³n de familiar (Petition for Alien Relative) I-130 que se debe presentar ante el Servicio de InmigraciĆ³n de Los Estados Unidos (USCIS).

Los ciudadanos estadounidenses por nacimiento o naturalizaciĆ³n pueden solicitar a:

  • CĆ³nyuge
  • Hijos (solteros y menores de 21 aƱos de edad)
  • Hijos e hijas (casados y/o de 21 aƱos de edad o mayores)
  • Padres, si tienen 21 aƱos de edad o mĆ”s
  • Hermanos, si tienen 21 aƱos de edad o mĆ”s

Los residentes permanentes de los Estados Unidos pueden solicitar a:

  • CĆ³nyuge (esposo/a)
  • Hijo/a solteros menores de 21 aƱos
  • Hijo/a soltero de cualquier edad

DACA

Los requisitos para aplicar a DACA son los siguientes:

  1. Haber sido menor de 31 aƱos de edad al dƭa 15 de junio del 2012;
  2. Haber llegado a los Estados Unidos antes de cumplir 16 aƱos de edad;
  3. Tener una residencia continua en Estados Unidos desde el 15 de junio de 2007, hasta hoy.
  4. Haber estado fĆ­sicamente presente en Estados Unidos el 15 de junio de 2012 y al momento de presentar la peticiĆ³n DACA ante USCIS.
  5. No haber tenido estatus legal el 15 de junio de 2012, lo que significa que:
    • Nunca tuviste estatus migratorio legal en o antes del 15 de junio de 2012, o
    • Cualquier estatus migratorio legal o permiso de permanencia temporal que hayas obtenido antes del 15 de junio de 2012 habĆ­a caducado al 15 de junio de 2012.
  6. Ser estudiante, te has graduado u obtenido un certificado de finalizaciĆ³n de la escuela secundaria, haber obtenido un Certificado de Desarrollo de EducaciĆ³n General (GED), o ser un veterano con licenciamiento honorable de la Guardia Costera o las Fuerzas Armadas de Estados Unidos.
  7. No haber sido condenado por un delito grave, delito menor significativo, o tres o mĆ”s delitos menores, y no representar de ninguna manera una amenaza para la seguridad nacional o la seguridad pĆŗblica.

Estatus de ProtecciĆ³n Temporal (TPS)

Este es un beneficio temporal, otorgado a personas que ya estƔn en Estados Unidos. Este beneficio te permitirƔ vivir y trabajar en el paƭs de forma transitoria. EstƔ pensado para algunos paƭses que enfrentan situaciones peligrosas, desastres naturales, o gobiernos dictatoriales.

Actualmente los paĆ­ses que lo tienen son El Salvador, HaitĆ­, Honduras, Nicaragua, Venezuela, entre otros. Esta informaciĆ³n varĆ­a, pues el Gobierno dispone renovarlo o no.

Asilo

El derecho de asilo comprende a las personas que han sido perseguidas por su propio paĆ­s o que teme ser perseguida por razones de raza, religiĆ³n, nacionalidad, opiniĆ³n polĆ­tica o pertenencia a un grupo social determinado. Los Estados Unidos protegen a los ciudadanos de otros paĆ­ses bajo esas condiciones, abriendo la posibilidad de aplicar al asilo y protegerse en el paĆ­s, sin tener que regresar a su paĆ­s de origen.

VISAS

Para ingresar a Estados Unidos, ya sea de forma temporal o permanente sin ser ciudadano, es requisito tener una visa y aĆŗn y cuando no te requieran visa para visitar el paĆ­s necesitarĆ”s algĆŗn tipo de trĆ”mite que permita o autorice tu ingreso. Si ingresas sin visa, podrĆ­an detenerte en un centro de detenciĆ³n de inmigraciĆ³n y en la mayorĆ­a de los casos, pueden llegar a deportarte a tu paĆ­s de origen. Lo que ademĆ”s podrĆ­a valerte una sanciĆ³n de varios aƱos sin poder regresar a los Estados Unidos.

  • VISA DE TURISTA
    Hay varias visas que se pueden obtener antes de entrar al paĆ­s, entre ellas la Visa de Turista (B-2), esta te permite visitar al paĆ­s con fines recreativos, asistir a cursos cortos o someterte a algĆŗn tratamiento mĆ©dico.
  • VISA F-1
    Si una de tus metas es estudiar en Estados Unidos, La Visa F-1 es una visa de no-inmigrante que te permitirĆ” lograrlo, y para ello deberĆ”s aplicar despuĆ©s de haber sido aceptado por la instituciĆ³n educativa.

Para ingresar al paƭs en calidad de estudiante acadƩmico deberƔs cumplir con los siguientes requisitos:

    • Inscribirte en un programa educativo acadĆ©mico o un programa de capacitaciĆ³n lingĆ¼Ć­stica que culmine en la obtenciĆ³n de un grado, diploma o certificado.
    • Tu escuela debe tener la aprobaciĆ³n del Programa de Estudiantes y Visitantes de Intercambio de ICE.
    • Estar inscrito cĆ³mo estudiante a tiempo completo de la instituciĆ³n.
    • Dominar el idioma inglĆ©s o estar inscrito en cursos para ello.
    • Tener suficientes fondos disponibles para pagar tus gastos durante el tiempo que estudies.
    • Mantener una residencia en el extranjero.
  • VISA E-2
    TambiĆ©n tramitamos la Visa de Inversionista (E-2), para empleados y empleadores que realicen una inversiĆ³n en los Estados Unidos.

La Visa E-2 es un tipo de visa no inmigrante (visa temporal) para inversionistas y empleados especializados, de inversionistas, en Estados Unidos. Su vigencia estĆ” sujeta a los convenios de comercio o navegaciĆ³n que existan con el paĆ­s, puede renovarse solo si la inversiĆ³n sigue cumpliendo todos los requerimientos que establece la ley. Esta visa la podrĆ”s solicitar si ya estĆ”s en los Estados Unidos, nos especializamos en este tipo de visa y te asesoraremos en todo.

  • VISA U
    Si has sido vĆ­ctima de ciertos crĆ­menes, puedes aplicar a la visa U: Violencia DomĆ©stica, Secuestro, ViolaciĆ³n o situaciĆ³n similar , ExtorsiĆ³n, Asalto Criminal, Esclavitud o trabajo involuntario, ObstrucciĆ³n de la justicia, Asesinato, Tortura, TrĆ”fico de personas y CrĆ­menes similares.

Nota: Una visa es diferente a un pasaporte. La visa es un sello que pondrƔn en tu pasaporte que te permitirƔ entrar, salir o permanecer en los Estados Unidos por un periodo especƭfico de tiempo.

Intracompany Transferees (L-1)

Esta visa le permitirƔ a un empleador estadounidense traer a un ejecutivo, gerente o puesto de rango similar de una oficina o filial del empleador en el extranjero a los Estados Unidos. TambiƩn podrƔ traer a su familia y hacer el trƔmite de la visa correspondiente.

Defensa de DeportaciĆ³n

Defensa de DeportaciĆ³n y RepresentaciĆ³n en Corte de InmigraciĆ³n

Si estĆ”s en proceso de deportaciĆ³n ante una Corte de InmigraciĆ³n, este es el momento para que te asesoremos. No dejes de pelear, porque una vez fuera del paĆ­s es mucho mĆ”s complejo poder reingresar de nuevo. Antes de la deportaciĆ³n existen varios mecanismos legales que te permiten impedir y retrasar tu deportaciĆ³n. Te asesoraremos en cualquier etapa del procedimiento, prepararemos la defensa legal que mejor se ajuste a tu caso y haremos lo posible para que no tengas que regresar a tu paĆ­s y puedas hacer el trĆ”mite en los Estados Unidos.

Si no tienes documentos tambiĆ©n podrĆ­amos evitar tu deportaciĆ³n, pero no esperes a estar en esta situaciĆ³n, siempre asesĆ³rate tan pronto como tengas conocimiento de que podrĆ­as estar en riesgo, que estĆ”s incumpliendo el perĆ­odo de tu visa o si entraste ilegal evitar cualquier problema con la justicia, cumple las leyes y busca ayuda legal lo mĆ”s pronto posible.

Salida voluntaria

La salida voluntaria de los Estados Unidos, a tu costo, te evitarĆ” muchos castigos impuestos por las leyes migratorias en nuestro paĆ­s. Sin embargo, hay varios trĆ”mites legales que se pueden corregir sin que tengas que salir del paĆ­s y otros que inevitablemente requieren tu salida para que re-ingreses legalmente y puedas presentar tu trĆ”mite. Salir voluntariamente de los Estados Unidos, no es una decisiĆ³n fĆ”cil. ContĆ”ctanos, con nuestra experiencia podrĆ”s tomar la mejor decisiĆ³n y ademĆ”s, continuaremos tu trĆ”mite hasta lograr el objetivo.

Estamos convencidos que todas las personas tienen derecho a una defensa de calidad. Y aĆŗn mĆ”s cuando son crĆ­menes y faltas que podrĆ­an poner en riesgo tu situaciĆ³n migratoria, cuyas condenas incluyen tiempo en cĆ”rcel.

Traffic offenses: Si has recibido multas o tickets por diferentes razones: conducciĆ³n incorrecta o temeraria, exceso de velocidad, manejo sin licencia, DUI, por chocar y huir del lugar, faltas menores, manejar bajo el consumo de drogas, alcohol, sustancias ilĆ­citas, irrespeto a seƱales de trĆ”nsito, entre otras. Nosotros podemos asesorarte.
Y si ademƔs de esas faltas, tienes un estatus migratorio irregular, tenemos el conocimiento para asesorarte de forma completa.

TambiĆ©n podemos ayudarte con faltas menores, casos de violencia domĆ©stica, posesiĆ³n de drogas, marihuana, posesiĆ³n de documentos falsos, crĆ­menes relacionados con drogas, asalto agravado y plagio.

En la mayorĆ­a de los casos Derecho de familia e inmigraciĆ³n, van de la mano, pues no siempre emigramos de forma individual, pensamos en traer eventualmente a nuestra familia y tener una oficina de abogados que conozca tu caso harĆ” todos estos trĆ”mites mucho mĆ”s sencillos.

Divorcio: Cuando una pareja decide poner fin a su uniĆ³n, es necesario tomar una serie de decisiones, entre ellas encontramos el divorcio. Se revisarĆ”n una serie de asuntos tales como la distribuciĆ³n de los bienes, la custodia de los menores de edad a su cargo (en caso de haber), la pensiĆ³n alimentaria, y muchos otros asuntos para los cuales necesitarĆ”s nuestra asesorĆ­a.

Es muy importante tener en cuenta, que los ciudadanos de otros paƭses no recibirƔn un trato diferente a los ciudadanos estadounidenses en materia de divorcios. Existen mecanismos legales que te protegerƔn en caso de un divorcio en caso de existir violencia domƩstica y dependiendo del ciudadano o ciudadana estadounidense que te agrede, hay mecanismos legales que te protegerƔn, como VAWA, que te permitirƔn seguir tu trƔmite migratorio y obtener tu tarjeta verde sin tener que continuar casada con la persona que te agrede.

Muchos trĆ”mites migratorios se pueden ver afectados por un divorcio, asĆ­ que te recomendamos que te asesores con nosotros, pues hacerlo demasiado tarde puede afectar tu proceso o situaciĆ³n. AdemĆ”s, siempre recuerda que tu seguridad es lo primero, muchas veces el divorcio se vuelve la Ćŗnica salida para asegurar el bienestar de una persona y los menores a su cargo.

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